jueves, 22 de septiembre de 2011

NUEVA BOLETA DE CALIFICACIONES

Para la evaluación de los alumnos a partir del ciclo escolar 2011-2012 se utilizará una nueva Boleta de Calificaciones, cuyos formatos se pueden consultar y descargar  aquí
La nueva boleta de calificaciones tiene cambios sustanciales: se evaluará la competencia lectora a través de tres indicadores (velocidad de lectura, comprension de lo que se lee y la fluidez); también, a las determinaciones  PROMOVIDO/NO PROMOVIDO se agrega una tercera opción que es PROMOVIDO CON CONDICIONES, cuyas condiciones son:
PRIMERO.-Al concluir el cuarto bimestre, en el caso de los alumnos cuyas calificaciones evidencien una clara tendencia hacia la no aprobación, el Maestro de grupo informará de la situación al Director de la escuela, para que informe a su vez a los padres del alumno sobre el riesgo de reprobación que tiene el educando.


En su caso, durante el último bimestre, el Maestro elaborará una opinión por escrito respecto a la viabilidad de que el menor sea promovido con condiciones. Este documento procurará detallar las deficiencias del educando.


SEGUNDO.- En forma conjunta, alumno, Maestro, Director y padres o tutores diseñarán una estrategia pedagógica, que sea aplicable en el siguiente grado escolar, la cual tendrá como propósito que el alumno refuerce los conocimientos adquiridos y obtenga los aprendizajes esperados de las asignaturas no aprobadas, en forma complementaria a los contenidos y aprendizajes esperados que correspondan al grado escolar al que será promovido.




TERCERO.- Los compromisos y responsabilidades que el alumno, padres de familia o tutores y las autoridades escolares deban asumir en el marco de dicha estrategia pedagógica, deberán suscribirse y quedar asentados en una
CARTA COMPROMISO que será incluida en el expediente escolar del educando, para efecto de que sea implementada por el docente que atienda al alumno en el siguiente grado escolar.

La opinión, la estrategia pedagógica y la carta compromiso, quedarán incluidos en un solo documento con la intención de evitar cargas administrativas en el proceso, para lo cual, en las Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación y Certificación en la Educación Básica, se incluirá el formato a utilizar para tal efecto.


CUARTO.- Es importante que en la estrategia pedagógica y carta compromiso estén referidos los aprendizajes esperados que requieran ser reforzados y los que no pudo alcanzar el alumno y que deberán trabajarse en forma conjunta con los nuevos aprendizajes por adquirir.


QUINTO.- Antes de la conclusión del último bimestre del ciclo escolar, el Director de la escuela informará por escrito al Área de Control Escolar (ello con el propio formato referido en el punto TRES), sobre la decisión tomada de promover al alumno con condiciones.


Se recomienda que cuando el Maestro y/o el Director así lo consideren pertinente, se soporte la decisión de promover al alumno no aprobado, con un Acta del Consejo Técnico Consultivo de la escuela.


Sin embargo, es responsabilidad inicial del Maestro tomar la determinación sobre la pertinencia de la promoción con condiciones, y estas decisiones deben adoptarse con la suficiente inmediatez, evitar rezagos o consultas innecesarias. En cualquier caso, el Director de la escuela podrá intervenir para atender cualquier situación que se presente y, en su caso, implementar directamente la acción que corresponda.


SEXTO.- La promoción con condiciones, es procedente tanto cuando se trate de casos en que se obtenga un promedio general de aprovechamiento inferior a 6.0, como cuando se trate de situaciones en que se reprueben las asignaturas de Español o Matemáticas.